¿Qué pasos hay que seguir para constituir una sociedad?

Publicado: 04 de junio de 2024, 11:29
  1. Laboral
¿Qué pasos hay que seguir para constituir una sociedad?

En ARC Abogados & Asesores, como asesores de empresas en Vigo, queremos contarte de forma resumida cómo debe llevarse a cabo la constitución de una sociedad, un proceso complejo si no se está familiarizado con este tipo de trámites burocráticos. Es por ello que hemos preparado este artículo en el que te mostramos los pasos que debes realizar de forma clara y sencilla.

Breve guía para la constitución de una sociedad

1. Elección del tipo de sociedad

Lo primero que debes hacer es elegir la clase de corporación que mejor se adapte a tus necesidades. Las alternativas más habituales son:

  • Sociedad Limitada (SL). Es la forma más común para pequeñas y medianas empresas. Ofrece responsabilidad limitada a los socios y requiere un capital social mínimo de 3.000 euros.
  • Sociedad Anónima (SA). Es más compleja que la SL, pero brinda mayor flexibilidad y capacidad para captar capital. Requiere un capital social mínimo de 60.000 euros.
  • Sociedad Civil.  Es más sencilla que las anteriores, pero no ofrece responsabilidad limitada a los socios.

2. Solicitud de la denominación social

Una vez dado el paso anterior, debes solicitar la denominación social en el Registro Mercantil Central. Esto se puede hacer tanto de forma online como presencial. Los abogados que formamos parte de ARC Abogados & Asesores podemos ayudarte con ello.

3. Redacción de los estatutos sociales

Los estatutos sociales son el documento que regula el funcionamiento de la sociedad. Deben incluir información como:

  • La denominación social.
  • El objeto social.
  • El domicilio social.
  • El capital social.
  • La forma de administración.

4. Escritura pública de constitución

Se trata del documento oficial que acredita la creación de la sociedad. Dicha escritura tiene que ser otorgada ante notario por todos los socios.

5. Inscripción en el Registro Mercantil

La escritura pública de constitución debe ser inscrita en el Registro Mercantil de la provincia donde se domicilia la sociedad.

6. Obtención del NIF provisional

Una vez inscrita la sociedad en el Registro Mercantil, se puede obtener el NIF provisional.

7. Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)

En algunos casos, hay que liquidar el ITP y AJD por la constitución de la sociedad.

8. Obtención del NIF definitivo

Pagados los impuestos correspondientes se podrá conseguir el NIF definitivo.

9. Alta en la Seguridad Social

Si la sociedad va a tener trabajadores, hay que darla de alta en la Seguridad Social.

10. Apertura de una cuenta bancaria

La sociedad debe abrir una cuenta bancaria a su nombre.

Asesores en Vigo para autónomos y pymes

En ARC Abogados & Asesores podemos ayudarte con todos estos trámites de forma rápida y segura. Ponte en contacto con nuestros abogados y asesores en Vigo para solicitar más información. ¡Te esperamos! 

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