¿En qué se diferencian cada uno de los modelos mercantiles?
Normalmente, la mayor parte de empresas de nueva creación nacen siendo autónomos. Esto es así porque no se necesita un desembolso inicial de capital y, por lo tanto, el empresario será el responsable de todo lo que suceda con la empresa e incluso tendría que responder con su patrimonio.
Otra opción sería constituir una Sociedad Limitada (S.L.). En este caso el capital mínimo que se necesita para crear la sociedad son 3.000 euros lo que limita la responsabilidad que puedan tener los administradores de la empresa que solo tienen que hacer frente a los problemas de la sociedad con el capital de la persona jurídica.
Entre las alternativas que te ofrecemos también existen:
- Sociedad Anónima
- Sociedad Coorporativa
- Sociedad por Acciones simplificada
- Sociedad en Nombre Colectivo
Sabemos qué es complicado conocer todos los pormenores y detalles que implican crear una sociedad u otra por lo que desde ARC Abogados & Asesores te recomendamos que contactar con un abogado especialista para que puedan aconsejarte sobre la opción que mejor se ajusta a ti, a tu empresa de nueva creación y a tus circunstancias.