La custodia compartida, que en 2020 fue otorgado por la justicia en 291 ocasiones, es una opción que ya supone en la actualidad el 40% de los casos tras una ruptura con hijos. Desde ARC Abogados & Asesores en Vigo te contamos todo lo que necesitas saber al respecto.
Qué es la custodia compartida y qué tipos existen
A diferencia de la custodia monoparental, la custodia compartida es la opción de guarda y custodia de los menores (cuidados, educación, bienestar y convivencia) que corre a cargo de los dos progenitores por igual tras un divorcio. Desde el año 2011, la custodia compartida, siempre que se dé un clima apropiado entre ambos progenitores, ha pasado a ser la opción preferida por el Tribunal Supremo.
No obstante, debemos tener presente que existen tantas formas de conceder la custodia compartida como casos de divorcio se den. La custodia compartida en un mismo domicilio familiar, la custodia compartida en distintos domicilios, lo cual implica la movilidad del menor de uno a otro, y la custodia compartida coexistente, en la que los progenitores continúan viviendo bajo el mismo techo tras la separación o divorcio son las opciones más comunes.
¿Custodia compartida si los cónyuges tienen mala relación?
Incluso en esta situación, es posible que el juez apruebe la custodia compartida, siempre que considere que el interés del menor sale perjudicado si el enfrentamiento entre cónyuges anulase esta opción.
¿Dejando al hijo al cuidado de los abuelos se puede perder la custodia compartida?
Lo cierto es que es posible, si el tribunal considera que las funciones parentales son de obligado cumplimiento e indelegables.
¿Cuenta la opinión de los hijos a la hora de modificar el régimen de custodia?
Por supuesto: la tendencia es que la opinión de los menores tenga, cada vez, un peso mayor en estos casos.
¿Si uno de los progenitores se opone es posible la custodia compartida?
Rara vez nos encontraremos con este caso, pero lo cierto es que algunas sentencias existentes ratifican tal posibilidad. El tribunal puede atribuir la guardia y custodia compartida si uno de los progenitores no puede negarse por razones objetivas al desempeño de su labor parental.
¿Cómo es el reparto de los gastos generados por los menores a cargo?
En la custodia compartida, por norma general, el reparto de los gastos generados por los menores a cargo se realiza al 50% siempre que la capacidad económica de los progenitores sea similar, de lo contrario se hará de manera proporcional según sus ingresos.
Por otra parte, para que el reparto de los gastos se haga a la mitad también han de establecerse tiempos de estancia similares con cada uno de los progenitores.
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