En ARC Abogados contamos con varias especializaciones del derecho y una de ellas abarca todo lo relacionado con la gestión de herencias con y sin testamento. Esta segunda opción es una vía compleja, lenta y engorrosa que requiere de un abogado con total seguridad, ya que entran en juego elementos como las actas notariales. Es evidente que nuestra recomendación es dejar siempre hecho un testamento, pero si no ha sido el caso, la ley española ya tiene contemplado lo que hay que hacer.
¿Por qué es mucho mejor dejar hecho el testamento?
Como especialistas en gestión de herencias en Vigo, en ARC Abogados sabemos que no siempre es posible dejar hecho el testamento. A mucha gente le da respeto el trámite (se asocia con el fallecimiento) y, en otras ocasiones, la muerte es sobrevenida. En cualquier caso, cuando una persona fallece sin dejar el testamento hecho, la ley dicta que los herederos legales son los parientes más cercanos. La ‘cadena’ empieza en los hijos del fallecido, pasa los padres si no hay hijos, y así siguiendo un orden muy claro del que ahora daremos más datos.
No obstante, debemos recordar que un testamento es mucho más que un documento en el que reflejas un reparto de bienes y las últimas voluntades: estás tomando tus propias decisiones y te permite decidir quién se queda con tus cosas y en qué proporciones. Es una herramienta de control y la garantía absoluta de que, tras un fallecimiento, se respetan las voluntades de la persona que se ha ido.
¿Qué ocurre ante una herencia sin testamento?
Lo primero y más importante de todo: si te enfrentas a la situación de tener que hacer trámites de una herencia sin testamento, lo primero que debes hacer es poner la situación en manos de un despacho de abogados especializados en herencias. Y es que una de las primeras acciones que hay que poner en marcha es la solicitud de una declaración de herederos para confeccionar la escritura y partición de la herencia a través de un acta notarial.
Bien, ahora nos ponemos ya en la situación de que ha ocurrido un fallecimiento y no hay testamento, o el que dejó hecho no es válido. Entonces hay que atender a lo que dice el Código Civil español y lo reflejado en el caso de sucesiones intestadas. En riguroso orden, la familia, viuda/o y, en última instancia, el Estado son los destinatario de la herencia. Más concretamente, el orden es así:
- En primer lugar los hijos/as del fallecido. Cada uno de ellos a partes iguales.
- Si no hay hijos ni descendientes, entonces hay que pasar a los ascendientes: madre y padre ocupan el primer lugar del reparto en este caso. Si uno de ellos ya ha fallecido también, se lo queda todo la persona en vida. ¿Y si no hay padre ni madre? Entonces hay que buscar a los ascendientes más cercanos y si hay por parte de padre y de madre, se hacen dos líneas sucesorias y se reparte a cada línea a partes iguales.
- Sin descendientes ni ascendientes, ante un fallecimiento sin testamento los bienes se los puede quedar el cónyuge, en el caso de no estar separados en el momento de la muerte.
- Si no hay ascendencia, descendencia ni cónyuge que pueda heredar, los abogados buscarán a los hermanos del fallecido u otros parientes cercanos que pueden alcanzar hasta el cuarto grado.
- Llegado el caso de que no exista absolutamente ningún familiar cercano en disposición de recibir los bienes del fallecido, la ley contempla que los bienes pasen al Estado.
Ya has podido ver que el tema de las herencias sin testamento es complejo y delicado. Hoy en día es bastante difícil que una persona fallezca sin haberlo dejado todo en orden, pero puede ocurrir. Si te encuentras en esta situación y necesitas tramitar una herencia en Vigo, puedes contactar con nuestro despacho de abogados. El equipo de ARC está especializado en la tramitación de herencias y en todos los trámites necesarios tanto para aceptarla como para rechazarla. Llámanos o escribe un correo electrónico y te ayudaremos con tu caso.